VIVIENDA

Los inquilinos no tienen que pagar comisión a las inmobiliarias

El Tribunal Superior de Justicia porteño dejó en claro que es el dueño del inmueble, y no el inquilino, el que contrata a una inmobiliaria. Por lo que los honorarios del profesional deben acordarse con el locador y no con ambas partes.


El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la demanda interpuesta por el Centro de  Corredores Inmobiliarios y por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA), que solicitaba la declaración de inconstitucionalidad de la ley de alquileres. La misma establece, entre otras cuestiones, el pago a cargo del propietario de la comisión inmobiliaria en los casos de locaciones urbanas de vivienda.
 
Aunque la demanda fue articulada contra el Gobierno de la Ciudad, se designó a la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y a Inquilinos Agrupados como representantes del sector inquilino en el marco de la causa. La sentencia, que a su vez reivindica las competencias subnacionales para regular aranceles de las actividades profesionales, dejó sin efecto un fallo previo de la Cámara de Apelaciones, que había resuelto que las inmobiliarias tenían derecho de cobrar honorarios de las dos partes del contrato.
 
La iniciativa oficial supone que es el dueño del inmueble, y no el inquilino, el que contrata a una inmobiliaria, por lo que los honorarios del profesional deben acordarse con el locador y no con ambas partes.


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