A UNA SEMANA DE LA VOTACIÓN

Aborto legal: los tres cambios claves para sumar consenso

A cinco días del dictamen oficial se filtró un borrador del proyecto de despenalización del aborto con tres cambios claves que permitirían definir a los indecisos.

Terminadas las audiencias públicas en las que expusieron unos 700 oradores, el plenario de las comisiones de Legislación General, Salud, Legislación Penal y Familia que debaten la legalización del aborto, se reunirá hoy con un único objetivo: lograr el mayor consenso posible para obtener un dictamen de mayoría y votar su media sanción la semana próxima.

Si bien el proyecto base sobre el que se trabaja es el presentado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito los diputados elaboran algunos cambios de última hora para lograr el consenso.

Nueva Ciudad ya había adelanto cuatro posibles cambios y hoy con la difusión de este borrador se confirman tres de ellos: objeción de conciencia, asesoría profesional y una modificación respecto de cómo funcionaría la ley en casos de menores de 16 años.

Según el borrador difundido por Infobae, "si se tratara de una niña, adolescente o persona gestante menor de dieciséis años, la interrupción voluntaria del embarazo se debe realizar con su consentimiento (y el de los padres) conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial (que lo pide para prácticas médicas invasivas), en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño y con la Ley Nº 26.061".

También incorpora en el artículo 8° las consejerías en los centros de salud con la obligación de dar información, atención previa y posterior médica, social y psicológica, y acompañamiento a quienes requieran la práctica. Dichos establecimientos no podrán pedir autorización judicial ni requisitos extra para abortos hasta la semana 14. Los profesionales no podrán ser penados por cumplir la ley.

En cuanto a la objeción de conciencia, el proyecto indica que el o la profesional de la salud que deba intervenir en el aborto "tiene la obligación de garantizar el acceso a la práctica y no puede negarse a su realización" y únicamente podrá eximirse de esta obligación cuando haya manifestado su objeción previamente, de manera individual y por escrito, habiéndola comunicado a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece.

En ese sentido, se definieron penas de prisión para los profesionales de la salud que practiquen abortos sin consentimiento de la mujer o más allá de la semana 14. De igual manera, para los médicos que se nieguen a cumplir la ley y para las mujeres que aborten a partir de la semana 15. Las penas contempladas modifican el artículo 85 del Código Penal: se incorpora el artículo 85 bis, donde se establecen penas de "6 meses a 2 años e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena a la autoridad de un establecimiento de salud o profesional de la salud que dilatare, obstaculizare o se negare a practicar un aborto"; aumentando las penas a 5 años en caso de que la mujer finalmente no haya podido acceder a la interrupción del embarazo.

El artículo 88 castiga a la mujer o persona gestante que que "causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare cuando el mismo fuera realizado a partir de la semana 15" y no mediaren los supuestos de violación, riesgo de vida o inviabilidad de vida extrauterina del feto.

Los últimos sondeos en relación a la votación indicaron que habría 114 diputados están a favor y 108 en contra, mientras que una treintena no manifestaron su posición. Estos últimos son los que inclinarán la balanza en el recinto la semana que viene.


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