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- 24.08.2026
El Gobierno actualizó un 2,10% los aranceles de prestaciones por discapacidad para agosto
La Secretaría Nacional de Discapacidad oficializó este miércoles la suba mediante la Resolución 2775/2026, calculada sobre la variación del IPC de julio y aplicable a todas las modalidades del nomenclador sin distinción de tipo.
El Ministerio de Salud, a través de la Secretaría Nacional de Discapacidad, oficializó este miércoles un incremento del 2,10% en los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, correspondiente al mes de agosto de 2026. La medida quedó publicada en el Boletín Oficial del 24 de agosto y lleva la firma del titular del organismo, Alejandro Alberto Vilches.
Según establece la normativa, la actualización se aplicará sin diferencias por tipo de prestación y fue calculada sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor de julio de 2026, tomando como base los valores que habían sido fijados para julio mediante la Resolución 2227/2026. La medida alcanza a centros de día, hogares, rehabilitación, transporte y apoyo escolar. Entre los nuevos valores, para la Categoría A —que agrupa las prestaciones de mayor complejidad— el arancel de un Centro de Día con jornada doble pasó de $1.078.908,97 a $1.101.566,06.
La resolución también ratifica la continuidad del beneficio de zona desfavorable, con lo que se seguirá reconociendo un adicional del 20% sobre el arancel básico para todas las prestaciones que se brinden dentro de las provincias patagónicas, conforme a la normativa vigente. En la Categoría C, destinada a las prestaciones de menor complejidad relativa, el arancel del Hogar Permanente quedó fijado en $1.383.759,91 y el de la Residencia Permanente en $1.047.812,39.
Estas adecuaciones del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, aprobado originalmente mediante la Resolución N° 428/99 de la entonces cartera de Salud y Acción Social, se realizan periódicamente a partir de las propuestas que elabora el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas, y en esta ocasión la modificación se sustentó en los términos del Acta N° 432 aprobada por ese cuerpo.
El mecanismo de actualización tiene sustento en la Ley 27.793 y su reglamentación mediante el Decreto 84/2026. El aumento de agosto del 2,10% supera levemente el 1,90% que había regido en julio, porcentaje que había sido calculado en función de la inflación registrada en junio.
El contexto en el que se inscribe esta actualización arancelaria no es menor: en mayo de 2026, la Justicia Federal había ordenado al programa Incluir Salud y al PAMI normalizar la cadena de pagos a los prestadores que atienden a personas con discapacidad, un antecedente que pone de relieve la presión sostenida sobre el financiamiento del sector y la importancia de mantener los valores del nomenclador alineados con la evolución de los precios.
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