SALUD

La justicia porteña falló a favor de una jubilada y la prepaga debió restituirle la cobertura

La Justicia Civil y Comercial Federal favoreció a una jubilada de 87 años y ordenó a Galeno que deberá abstenerse de aplicar aumentos en su cuota de afiliación, además de garantizar la continuidad y cobertura de las prestaciones médico asistenciales.


La Justicia Federal de la Ciudad de Buenos Aires falló por primera vez a favor de una jubilada de 87 años, para que la prepaga se abstenga de aplicar aumentos en su cuota de afiliación y le garantice la continuidad y cobertura de las prestaciones médico asistenciales.

Al mismo tiempo, este miércoles se conoció una medida de la Justicia Federal de San Martín a favor de una niña con discapacidad que implica un antecedente que servirá para plantear que los incrementos, además de irrazonables son “discriminatorios”, al marginarlos del sistema. En esta situación, se ordena a Cobermed abstenerse de aplicar los incrementos dispuestos tras el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

Como contrapartida las empresas comenzaron a acreditar ante la Justicia que van cumpliendo las demandas judiciales, aunque responden que en algunos casos las mismas son “arbitrarias”.

En el caso de la jubilada, la resolución indicó que Galeno deberá abstenerse de aplicar aumentos en su cuota de afiliación en razón de lo dispuesto por el DNU 70/2023, debiendo facturar las mismas al valor de la cuota de diciembre de 2023, efectuando sobre los siguientes períodos los ajustes mensuales que resulten de aplicarle el Índice de Precios al Consumidor que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

El abogado de la mujer, Santiago Deluca, explicó que, si bien está de acuerdo con la medida, apelará la actualización por inflación que dispone la resolución judicial. Según el letrado, la Justicia no tiene porqué arrogarse facultades legislativas y establecer fórmulas de aumento no autorizadas por la Superintendencia de Servicios de Salud.

COMENTARIOS