CIUDAD

Otro revés judicial para Larreta: suspendieron la habilitación a la corte porteña para revisar fallos nacionales

Se trata del segundo golpe que recibe la ley. Una jueza dio lugar a una cautelar pedida por una asociación de magistrados y funcionarios del Poder Judicial nacional contra la Legislatura por la ley que beneficia a Macri en la causa por Correo Argentino.


El Poder Judicial le dio otra mala noticia al jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, respecto de la aplicación del artículo de una ley sancionada en la Legislatura porteña por impulso de Juntos por el Cambio que habilitaba al Superior Tribunal de la Ciudad de Buenos Aires a revisar sentencias emitidas por la Justicia Nacional con asiento en el distrito.

Es que la jueza en lo contencioso administrativo federal Macarena Marra Giménez hizo lugar a un planteo de la "Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional" y resolvió "suspender la aplicación del artículo 4 de la ley 6452 de la Ciudad de Buenos Aires".

La reforma a la que esta decisión dio un fuerte golpe fue cuestionada, en gran medida por que se trató de una iniciativa del jefe de Gobierno porteño hecha a medida de las pretensiones de Mauricio Macri en la causa del Correo Argentino.

Es que en ese expediente comercial, fundado en la abultada deuda que la empresa controlada por el Grupo Macri mantiene con el Estado, la defensa de la familia del ex presidente ya buscó auxilio de la máxima instancia judicial porteña para que desplace a la jueza que ordenó la quiebra, Marta Cirulli, y principalmente a la fiscal Gabriela Boquin, que impulsó la investigación, frenó la autocondonación de la deuda con el Estado y denunció las movidas para licuar la deuda y otras irregularidades.

Según consignó Política Argentina, no es inocente que Macri quiera que el TSJ revise fallos. Este tribunal tiene cinco miembros, que le responden al ex presidente y también a Rodríguez Larreta. Su presidenta, Inés Weinberg de Roca, fue la candidata fallida de Macri para la Procuración General de la Nación. Santiago Otamendi es el exviceministro de Justicia de Germán Garavano. Marcela de Langhe fue nombrada por el PRO en el Instituto Superior de Seguridad Pública porteño. Los dos restantes son Luis Lozano, que tiene posiciones oscilantes y Alicia Ruiz, que suele votar en disidencia.

Este nuevo golpe fue asestado por la jueza Marra Giménez, quien determinó que "en el estrecho marco de conocimiento que permite esta instancia cautelar, se advierte la verosimilitud del derecho invocada por la Asociación actora, en tanto -como se ha expresado- la Legislatura porteña carece de potestades para dictar normas adjetivas a cumplir en el marco de los procesos judiciales en trámite por ante los tribunales de jurisdicción nacional".

La decisión se tomó en "lo relativo al recurso de inconstitucionalidad reglamentado contra las sentencias definitivas dictadas por las Cámaras Nacionales de Apelaciones con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

La demanda de la AMJN se presentó contra la Ciudad para que "se declare la inconstitucionalidad" de ese articulo de la ley local 6452, promulgada el 25 de octubre último. Esa norma establece que “...el recurso de inconstitucionalidad se interpone contra la sentencia definitiva del tribunal superior de la causa emitida por los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires o los integrantes de la Justicia Nacional de la Capital Federal”.

Según la denuncia, el STJ de CABA se convertiría así en instancia de apelación para fallos de tribunales nacionales civiles, de trabajo y comerciales. "La admisión de una vía recursiva ante un tribunal local contra las decisiones dictadas por jueces que integran la justicia nacional ordinaria importa agredir la estructura del Poder Judicial de la Nación", sostuvo la Asociación.

La magistrada evaluó que la normativa sancionada en la Legislatura porteña "modifica el actual régimen de apelaciones que rige en la justicia nacional con asiento en la Ciudad, el cual establece que lo resuelto por la judicatura nacional podrá ser impugnado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

Es el segundo fallo adverso que reciben el dúo Larreta-Macri en una semana. Hace seis días, la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal concluyó "de oficio" la inconstitucionalidad del artículo 4 de la ley 6452. La decisión de la justicia civil sucedió con el voto unánime de los camaristas Maximiliano Caía, Beatriz Verón y Gabriela Scolarici.

La discusión de fondo, es decir si el máximo tribunal porteño puede discutir sentencias judiciales de la justicia nacional, está pendiente de una definición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta el procurador interino Eduardo Casal, herencia de Macri para Alberto Fernández, ya dictaminó en contra con los mismos argumentos que los de la cámara civil y ahora que la magistada en lo contencioso administrativo federal.

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