CIUDAD

El boliche porteño que discriminó a una chica trans deberá pagar más de 60 mil pesos de multa

También fueron obligados a pedir disculpas públicamente y a colocar un cartel contra la discriminación en las puertas del local Rose in Río. La clausura ya fue levantada.

Días atrás se conoció la denuncia de la influencer Kiara Acosta contra el boliche porteño Rose in Rio por discriminación y transodio. Además del video que se viralizó en las redes, Acosta realizó una denuncia ante la justicia por discriminación y amenazas que generó un juicio abreviado en el se determino una multa, un pedido de disculpas y la colocción de un cartel contra la discrminación en las puertas del boliche.

Así, el Juzgado n°1 e lo Penal y Conrtaencional y de Falttas, Rodolfo Ariza Clerici, resolvió condenar al propietario y a la empresa Emprendiemientos Costanera S.A. El fallo indicó que deberá pagar una multa de 42.800 pesos por la infracción del artículo 68 deel Código Contravencional. También deberán darle 20.000 pesos a Acosta por la reparación del daño.

Además, el magistrado ordenó “la colocación de un cartel de 30 cm por 40 cm con la leyenda ´Este local respeta la dignidad y diversidad de las personas´” y la “publicación en medios de prensa y redes sociales de un pedido público de disculpas con las frases ´Emprendimientos Costanera S.A, cuyo nombre de fantasía es Rose in Rio, pide disculpas por los lamentables hechos que tuvieron lugar el pasado 24/11/2019 y pide disculpas a la víctima L.C.A. así como al colectivo trans, comprometiendose a futuro a adoptar una política de admisión respetuosa de la ley 26.370 libre de cualquier prejuicio y que no suponga un trato discriminatorio o arbitrario para los concurrentes”.

Tras ordenar estas medidas, se levantó la clausura del local y los propietarios publicaron en sus redes sociales el pedido de disculpas ordenado por el juez. En su fallo el juez explicó: “La prohibición de ingreso que afectó a A. de ningún modo se encuentra amparada por el ejercicio regular de derecho a admisión, reglado en la ley 26.370 que precisamente tiene por objeto establecer las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia del público general”.

Por el contrario, entendió que “la prohición de ingreso se asentó –ilegítimamente- en actos discrminatorios, arbitrarios y que, por consiguiente, agraviaron a las supuestas víctimas”.

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