JUZGADO NACIONAL

Fallo histórico: ordenan pagarle a una mujer 8 millones de pesos tras dedicarse 30 años a las tareas del hogar

La decisión fue de la Cámara Civil y beneficia a una licenciada en economía de 70 años. El fallo fue con perspectiva de género y cuestionó la subordinación a la que se somete a la mujer.

“Eso que llaman amor es trabajo no pago”, dice una consigna feminista que fue tomada por la jueza Victoria Famá, del Juzgado Nacional en lo Civil N° 92, quien falló a favor de una licenciada en Economía de 70 años. El hombre identificado como D.B. deberá pagarle a M.L. ocho millones de pesos como compensación económica tras 30 años de trabajo ininterrumpido en el hogar.

La pareja convivió desde 1982 hasta 2009,primero en COmodor Rivadavia y luego en el barrio porteño de Palermo. La convivencia familiar se dio con la división impuesta por la época: el hombre trabajaba y la mujer cuidaba de los hijos y el hogar. En ese sentido, la jueza argumenta en el fallo: “La dependencia económica de las esposas frente a sus maridos es uno de los mecanismos centrales mediante los cuales se subordina a las mujeres en la sociedad. (...) En la mayoría de las familias las mujeres todavía asumen principalmente la carga de las tareas domésticas y el cuidado de los hijos, aun cuando desempeñan alguna actividad externa".

La pareja se separó en 2009 pero el ivorcio llegó en 2011. A partir de allí la mujer tuvo que afrontar varias dificultades económicas. "Luego de 27 años de matrimonio el accionado la abandonó cumplidos sus 60 años, edad en la que las mujeres obtienen el beneficio jubilatorio, viéndose privada de ingresar al mercado laboral", explicó el fallo.

En ese sentido, la Cámara Civil decidió fijar una compensación económica por la suma única de ocho millones de pesos, a favor de la mujer. "Suma que entiendo razonable a fin de reequilibrar la situación económica dispar de los cónyuges resultante del matrimonio y su ruptura”, señaló la jueza.

Para llegar a la cifra de ocho millones se evaluaron “las circunstancias personales y situación patrimonial de las partes". También se tuvo en cuenta que M. L. es una profesional que resignó su desarrollo para ocuparse de los quehaceres hogareños, y se detalla que el valor no sería el mismo si la persona no tuviera formación o no hubiera abandonado su empleo para cumplir esas tareas.

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