BUENOS AIRES 2018

La Justicia porteña avaló que Coca Cola patrocine los Juegos Olímpicos (a cambio de más de $35 millones)

Se rechazó una medida cautelar que solicitaba la prohibición de publicidad y entrega a niños, niñas y adolescentes de gaseosas azucaradas en los Juegos Olímpicos de la Juventud. En tanto, crece la polémica por los millones que se llevará la marca por ser sponsor.



Cuando faltan apenas dos días para el inicio de los Juegos Olímpicos de la Juventud y mientras crece la polémica por los gastos millonarios que implican para la Ciudad, la jueza Cecilia Mólica Lourido -titular del juzgado 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario- rechazó la medida cautelar solicitada por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad para que se prohíba la publicidad y la entrega a niños, niñas y adolescentes que participen o asistan a las competencias de bebidas “cuyo consumo, por su alto contenido de azúcar y sodio, están asociadas al sobrepeso, obesidad y enfermedades crónicas no transmisibles”.

Aunque  no lo especificó, el reclamo apuntó a la empresa Coca Cola, patrocinadora y sponsor de los Juegos que se llevarán adelante en la Ciudad del 6 al 18 de octubre. La resolución, según consignó el portal I-Judicial, se dio en el marco de la causa “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad contra GCBA sobre amparo – Salud – Otros”.

En el marco del amparo colectivo, la entidad había solicitado que “se declarase la inconstitucionalidad de todo convenio, norma u acto administrativo que autorice, en el marco de la realización de los Juegos, la publicidad y la entrega de las referidas bebidas y la promoción de marcas asociadas a ellas”.

En su resolución, la magistrada señaló que “por medio del dictado de la medida cautelar peticionada podría afectarse la ejecución de un contrato suscripto por el GCBA y aprobado por la Legislatura, sin que hayan sido citadas a juicio por la parte actora las restantes partes intervinientes en el referido contrato”. La jueza se refería a la Contratación Directa número 9982-0255-CDI18, por el “Servicio Integral de Hidratación con Instalación, Mantenimiento y Desinstalación con destino a  los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018”, por la que se contrató a la firma Coca Cola Femsa de Buenos Aires S.A. por un monto de $35.700.579. En las últimas horas, legisladores y referentes de la oposición cuestionaron duramente este punto: que la marca de gaseosas reciba un importante canon por patrocinar los Juegos, en lugar de abonar por ello.



Por otro lado, la jueza indicó que “aun cuando se compartiera la inconveniencia de asociar un determinado producto con el desarrollo de actividades deportivas, en el caso particular, se trata de bebidas sobre cuya comercialización y publicidad no pesaría restricción alguna, como sí ocurre, en cambio, con otros tipos de bebidas”.

Sostuvo además que “en este estado liminar del proceso, parecería que la medida cautelar requerida persigue, en realidad, que mediante una decisión judicial se imponga a la Ciudad la obligación de implementar una determinada política en materia de publicidad de alimentos y bebidas, a concretarse durante la celebración de los Juegos Olímpicos de la Juventud próximos a realizarse. Por ello, admitirla en los términos en que fue peticionada importaría un avasallamiento por parte del Poder Judicial respecto de facultades privativas de otros poderes; específicamente, las facultades de la Legislatura local para sancionar leyes referidas a materia alimentaria y de publicidad y las del ejecutivo local para celebrar convenios”.

Por último, la magistrada  justificó que “los Juegos Olímpicos de la Juventud han generado un público y notorio interés, tanto a nivel local como internacional, y han sido declarados de interés nacional mediante la resolución 373/E/2017, por lo que poner en riesgo su adecuado desarrollo sobre la base de un planteo poco sólido generaría un perjuicio mayor al interés del todo”.

Así figura la millonaria contratación publicada en el Boletín Oficial, para un patrocinio que ahora cuenta además con aval judicial:



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