- Política
- 11.05.2016
DEBEN PAGAR INDEMNIZACIÓNES POR $ 2 MILLONES
Condenan a la Ciudad y a tres empresas por la muerte de dos jóvenes en 1999
Fallecieron electrocutados durante un recital de Divididos organizado por el gobierno porteño. El entonces funcionario y hoy ministro de Cultura bonaerense Alejandro "Conejo" Gómez fue sobreseído por prescripción.

La causa abierta hace dos décadas por la muerte de dos jóvenes en un festival organizado por el Estado porteño ya tiene una sentencia de primera instancia por daños y perjuicios. La justicia porteña condenó al Gobierno de la Ciudad, la empresa proveedora de energía EDESUR y a las empresas Fénix Producciones y Catexpo a pagar a los padres de los fallecidos $ 750 mil y $ 1.250.000 en concepto de daño material, psicológico y moral. En la causa estuvo imputado el actual ministro de Cultura bonaerense Alejandro “Conejo” Gómez, pero fue sobreseído por prescripción.
La decisión lleva la firma del juez Pablo Mántaras, titular del juzgado N° 3 en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño se da en el marco de un juicio por la muerte de dos jóvenes durante un recital del grupo Divididos en el festival “Buenos Aires Vivo III” organizado por el Gobierno porteño en Puerto Madero.
Según informaron desde IJudicial el estado capitalino –en ese entonces a cargo de Fernando De la Rúa-, EDESUR, Fénix Producciones y Catexpo fueron condenadas en forma solidaria a pagar a la madre de uno de los jóvenes fallecidos 750 mil “en concepto de indemnizaciones por daño material ($150 mil), daño psicológico ($ 250 mil) y daño moral ($ 350 mil)”, y “$1.250.000 a la madre y el padre de la otra víctima fatal –por daño material ($ 50.000 para el señor y $ 100.000 para la señora), por daño psicológico ($ 200 mil para cada actor) y por daño moral ($ 350 mil para cada uno de los progenitores)”.
“El GCBA no adoptó, como organizador del recital público, las medidas de prevención y seguridad necesarias para preservar la integridad física de los asistentes”, remarcó el magistrado en su escrito, y dio “por configurado el presupuesto de la falta de servicio derivado del obrar omisivo desplegado por el codemandado GCBA en el cumplimiento de sus deberes de control y supervisión”.
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