JUSTICIA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Un fallo de la Corte Suprema que lleva la firma de Fayt, exime a La Nación de pagar una deuda impositiva

Con las firmas de Lorenzetti, Maqueda y Fayt, el máximo tribunal dejó en firme un fallo de Cámara por el cual La Nación, otros medios más chicos y empresas de televisión por cable seguirán sin ser considerados en mora y la AFIP no podrá ejecutarles lo adeudado.

Antes de irse el 11 de diciembre, tal como había anunciado, el ex juez de la Corte Suprema, Carlos Fayt, dio su apoyo para lograr la mayoría y aprobar una resolución por la cual los medios gráficos que acumularon grandes deudas impositivas en los últimos años, como La Nación, sigan sin ser considerados en mora.

El fallo lo que hizo es dejar firme una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que ordena crear un régimen diferencial del Impuesto al Valor Agregado (IVA) tal como reclamaban las empresas periodísticas y establecieron que, mientras tanto, regirá el sistema creado en plena crisis de 2001 que permite usar las contribuciones patronales como crédito fiscal.

Tal como explica Irina Hauser en Página 12, "la resolución suprema tiene tres líneas y es lo que en la jerga judicial se conoce como “un 280”, un artículo del Código Procesal Civil que permite rechazar un planteo sin dar ninguna explicación. En este caso, desecharon un recurso del Estado, ya que es la AFIP la que queda impedida de ejecutar los tributos".

Según la resolución de la Cámara, la Justicia concluye que los sistemas impositivos que se venían utilizando durante el Gobierno de Cristina Kirchner, podrían afectar la “rentabilidad” de los medios de más envergadura e, incluso, tener un impacto “negativo en su estructura económico-financiera” capaz de repercutir en su “continuidad” y hasta generar su “quiebra o desaparición”.

Los camaristas que firman esa conclusión son Claudia Caputi, Luis Márquez y José Luis López Castiñeira. Estos dos últimos son los mismos que declararon la inconstitucionalidad de la composición actual del Consejo de la Magistratura. Por su parte, el fallo supremo tiene las firmas del presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, de Juan Carlos Maqueda y Fayt y su fecha es el 3 de diciembre. Elena Highton de Nolasco no firmó porque no está de acuerdo con el otorgamiento de un régimen de impuestos diferenciado.




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