El Gobierno apeló la orden judicial que obliga a PAMI a saldar deudas con prestadores de discapacidad
La Administración Nacional recurrió el fallo del juez federal de Córdoba Hugo Vaca Narvaja, aunque la medida cautelar sigue vigente y el Estado debe regularizar los pagos pendientes para evitar interrupciones en tratamientos esenciales.
En las últimas horas, el Gobierno nacional presentó un recurso de apelación contra la medida cautelar dictada por el juez federal Hugo Vaca Narvaja, que intimaba a PAMI y al programa Incluir Salud a normalizar en un plazo de 72 horas el pago de deudas acumuladas con prestadores de servicios para personas con discapacidad. El magistrado concedió la apelación con efecto devolutivo, lo que implica que la resolución judicial continúa en plena vigencia hasta que la Cámara Federal resuelva el planteo.
La decisión original surgió a raíz de un amparo colectivo promovido por la abogada Marta Lastra, en representación del colectivo Defendamos Córdoba y diversas instituciones de la provincia, como Apadim y el Pequeño Cottolengo Don Orione, entre otros centros terapéuticos. El juez advirtió sobre las demoras crónicas en los pagos por parte del Estado, que colocaban en riesgo inminente la continuidad de tratamientos, terapias y provisión de medicamentos para beneficiarios de pensiones no contributivas y titulares del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Según los fundamentos del fallo, las autoridades nacionales se encontraban en mora en el cumplimiento de sus obligaciones, generando situaciones que amenazaban la atención básica de miles de personas en todo el país. La cautelar tiene una duración prevista de seis meses o hasta el dictado de una sentencia definitiva, con el objetivo principal de garantizar que las prestaciones no se interrumpan.
Esta situación se enmarca en un contexto más amplio de reclamos por parte de prestadores, que han denunciado dificultades para sostener sus servicios debido a los atrasos en los desembolsos. Aunque el Ejecutivo apeló la medida, la vigencia de la cautelar obliga a avanzar en la regularización de las deudas mientras la Cámara Federal analiza el caso.
El conflicto pone de manifiesto las tensiones entre la necesidad de sostener políticas de inclusión para personas con discapacidad y las restricciones presupuestarias que enfrenta la actual gestión. Organizaciones del sector continúan monitoreando el cumplimiento efectivo de la orden judicial para evitar que las demoras afecten directamente la calidad de vida de los beneficiarios.
La decisión original surgió a raíz de un amparo colectivo promovido por la abogada Marta Lastra, en representación del colectivo Defendamos Córdoba y diversas instituciones de la provincia, como Apadim y el Pequeño Cottolengo Don Orione, entre otros centros terapéuticos. El juez advirtió sobre las demoras crónicas en los pagos por parte del Estado, que colocaban en riesgo inminente la continuidad de tratamientos, terapias y provisión de medicamentos para beneficiarios de pensiones no contributivas y titulares del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Según los fundamentos del fallo, las autoridades nacionales se encontraban en mora en el cumplimiento de sus obligaciones, generando situaciones que amenazaban la atención básica de miles de personas en todo el país. La cautelar tiene una duración prevista de seis meses o hasta el dictado de una sentencia definitiva, con el objetivo principal de garantizar que las prestaciones no se interrumpan.
Esta situación se enmarca en un contexto más amplio de reclamos por parte de prestadores, que han denunciado dificultades para sostener sus servicios debido a los atrasos en los desembolsos. Aunque el Ejecutivo apeló la medida, la vigencia de la cautelar obliga a avanzar en la regularización de las deudas mientras la Cámara Federal analiza el caso.
El conflicto pone de manifiesto las tensiones entre la necesidad de sostener políticas de inclusión para personas con discapacidad y las restricciones presupuestarias que enfrenta la actual gestión. Organizaciones del sector continúan monitoreando el cumplimiento efectivo de la orden judicial para evitar que las demoras afecten directamente la calidad de vida de los beneficiarios.


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