- ELECCIONES
- 24.10.2025
CUENTA REGRESIVA HACIA LAS LEGISLATIVAS
Comenzó la veda electoral: qué se puede hacer y qué no hasta después de los comicios
Desde las 8 de la mañana de este viernes rige en todo el país la veda electoral y se prohíben los actos de campaña, la difusión de encuestas y la venta de alcohol, quienes incumplan estas restricciones pueden enfrentar sanciones económicas o incluso penas de prisión, según lo establece el Código Electoral.
A dos días de las elecciones legislativas comenzó la veda electoral que regirá hasta tres horas después de finalizados los comicios del domingo. El Código Nacional Electoral (CNE) establece una serie de restricciones destinadas a garantizar la transparencia del proceso y resguardar la voluntad de los votantes.
Con el inicio de la veda electoral a las 8 de este viernes, los candidatos y partidos políticos deberán suspender toda actividad de campaña. La normativa, prevista en el artículo 71 del Código Nacional Electoral, prohíbe la realización de actos públicos de campaña, la difusión de encuestas y sondeos preelectorales, y la apertura de locales partidarios en un radio de 80 metros de los centros de votación.
Además, desde el sábado 25 a las 20 horas y hasta las 21 del domingo, estará prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas. Los establecimientos que incumplan esta disposición podrán ser clausurados por orden de la Junta Electoral.
Durante el desarrollo de los comicios también se restringen otras actividades como no podrán realizarse espectáculos públicos, fiestas teatrales ni eventos deportivos, tanto en espacios abiertos como cerrados. Asimismo, se prohíbe portar armas, banderas o distintivos partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
En cuanto a las redes sociales y los medios de comunicación, la ley impide la publicación de encuestas o proyecciones sobre los resultados de la elección hasta las 22 horas del domingo. Tampoco está permitido tomar fotografías de la Boleta Única de Papel dentro del cuarto oscuro. Romper la veda electoral constituye una violación al Código Electoral Nacional, los ciudadanos que incumplan estas normas pueden recibir multas que van desde los $10.000 hasta los $100.000, dependiendo de la falta.
Por otro lado, quienes porten armas o utilicen símbolos partidarios durante la jornada electoral se exponen a penas de hasta 15 días de prisión. Los organizadores de espectáculos o reuniones prohibidas pueden ser sancionados con penas de 15 días a 6 meses, mientras que quienes vendan bebidas alcohólicas durante el periodo restringido enfrentan las mismas penas.
- SECCIÓN
- ELECCIONES



COMENTARIOS