EMERGENCIA SANITARIA

Ya es obligatorio el uso de tapabocas en la Ciudad: controles y multas para quien no lo use

Prohibido usar transporte público o entrar a un negocio en el ámbito porteño sin tapaboca o barbijo. Tras una primera etapa informativa y de implementación de la nueva medida, los controles fuertes y las sanciones económicas se harán sentir desde la semana que viene.

Imagen: Telefé Noticias.


“A partir de mañana, si no vienen con barbijos no los dejamos entrar”, advertía ayer un empleado de seguridad en la fila de un supermercado porteño a los clientes que, distanciados, esperaban en la vereda su turno para entrar. Y la bufanda enrollada alrededor de la boca no alcanza, aclaraba. Desde las cero horas de hoy, la medida ya rige en todo el territorio capitalino: el uso de tapabocas es obligatorio en medios de transporte, edificios públicos y locales comerciales. Los controles están en marcha y hay multas de entre 10 mil y 80 mil pesos para quien incumpla. Los negocios, en tanto, pueden terminar clausurados si su personal no se cubre boca y nariz.

El anuncio se hizo con días de anticipación, para dar tiempo a la implementación de la nueva medida, en un contexto en el que las disposiciones sobre cómo moverse y cómo cuidarse cambian casi día a día. En la resolución firmada por el Ejecutivo porteño se advierte que, después de una etapa "informativa", comenzarán los controles fuertes del cumplimiento de la orden. Pero ya este miércoles hay en las calles personal del Gobierno porteño y la Policía de la Ciudad verificando el uso del tapaboca.

La resolución establece que, desde la hora 0 del miércoles 15 de abril, es obligatorio usar "elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público en el ámbito de la Ciudad". Es decir, tapaboca o barbijo casero.

Quienes no lo usen en los ámbitos especificados serán sancionados con multas de 500 a 3.700 Unidades Fijas, que equivalen a entre $10.700 y $79.180. Son las penas previstas por la ley de faltas 451, modificada en función de la crisis por el coronavirus, para las infracciones relacionadas con la "prevención de enfermedades transmisibles". Así, tiene sanciones "el/la que omita el cumplimiento de las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles o no proceda a la desinfección y/o destrucción de agentes transmisores”. Los comercios infractores pueden ser clausurados o inhabilitados.

Según consignó Clarín, en el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad señalaron que a partir de la puesta en vigencia de la resolución publicada este martes en el Boletín Oficial "habrá una semana en la que se trabajará en la comunicación". En este período lertarán a las personas que no tengan colocado el tapaboca, pero no lo multarán. Después, sí. Los inspectores de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) serán los encargados de verificar que los empleados de los comercios utilicen tapaboca. Y la Policía de la Ciudad, los Agentes de Prevención y los Agentes de Tránsito controlarán que cumpla la reglamentación la gente que está en la calle, en el transporte público y en los centros de transbordo.

En tanto, desde el Gobierno porteño insisten que aunque no es obligatorio el uso de tapaboca para andar caminando o en vehículos particulares, su uso sí es altamente recomendable. En los taxis y remises, todos los ocupantes deberán usar tapabocas, y los pasajeros deben viajar en el asiento de atrás. Además, se recomienda tener las ventanillas bajas.

La resolución publicada este martes en el Boletín Oficial también prohíbe la venta en la Ciudad "de barbijos N95 a cualquier persona que no acredite ser profesional o personal del servicio de salud y a las personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio".

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