TRÁNSITO

Cómo es la nueva escala del ‘scoring’ según la ley de tránsito que se vota en la Legislatura

Cambia la forma en que se aplicarán las sanciones a conductores infractores, con quita de puntos de manera automática, y se suman nuevas penalidades en el sistema.



En la sesión ordinaria de este jueves está prevista la votación de una ley que modifica la forma en que se aplicarán las sanciones a conductores infractores e incluye nuevas penalidades en el sistema. Habrá quita de puntos de manera automática y una nueva escala del sistema de evaluación permanente de conductores (SEPC) o ‘scoring’.

El proyecto, que cuenta con la aprobación de las comisiones de Tránsito y Transporte y de Justicia de la Legislatura, es impulsado por los diputados Cristina García de Aurteneche, Daniel del Sol, Maximiliano Ferraro, Diego García de García Vilas y Daniel Presti, todos del bloque Vamos Juntos.

Tal como consignó Infobae, la modificación principal del Código de Tránsito vigente es que las autoridades estarán facultadas para descontar los puntos en forma automática, cuando el infractor haya realizado el pago voluntario o cuando exista una resolución sancionatoria firme. Si el titular del vehículo no era quien estaba al volante cuando se cometió la infracción, podrá informarlo para que se traslade la quita de puntos a quien corresponda.

En tanto, la escala de punitivos en los descuentos de puntos sufrirá modificaciones. El registro de conducir seguirá manteniendo un stock de 20 puntos antes de llegar al 0 inhabilitante. Pero se agregan nuevas infracciones por las que antes no había una quita, como la conducción peligrosa o temeraria (10 puntos) o la invasión parcial de la vía contraria (5 puntos).

Un infractor perderá 2 puntos por:

— No respetar las indicaciones de la autoridad.

Un infractor perderá 4 puntos por:

— No cumplir las condiciones de la licencia, por ejemplo, conduciendo sin anteojos; o tenerla vencida o conducir un vehículo de una categoría diferente a la indicada en el registro.
— Circular sin cinturón de seguridad.
— Viajar con bebés o niños sin los dispositivos de retención infantil adecuados a la edad.
— Llevar bebés o niños en el asiento delantero.
— Realizar giros prohibidos.
— Circular marcha atrás en forma indebida o sin justificación.
— Obstruir una vía transversal, ciclovías, veredas, estacionamientos reservados o carriles exclusivos de transporte público.
— No ceder el paso.
—No respetar la prioridad de paso de los peatones.

Un infractor perderá 5 puntos por:
— Conducir manipulando o usando teléfonos celulares y/o reproductores de video.
— Circular en contramano.
— Invadir parcialmente la vía contraria.
— No respetar la prioridad de paso en una bocacalle o un cartel de “Pare”.
— Interrumpir el paso de una fila de escolares.
— Llevar acompañante en una moto cuando se transite por las áreas, días y horarios que la Autoridad de Aplicación lo determine.
— Circular en moto sin casco, o asido a otro vehículo o transportando a más personas que las que permite el diseño o transportando a menores de 16 años.
— Llevar en la moto a un acompañante que no tenga chaleco reflectante.
—Violar un semáforo en rojo.
— Violar los límites de velocidad, yendo a entre un 10% y un 30% por encima de la máxima permitida para el tipo de arteria.

Un infractor perderá 10 puntos por:
—No tener chapa de dominio o tenerla tapada o ilegible.
—Circular con antirradar o antifoto.
— Conducción peligrosa. Por ejemplo, sin respetar los carriles o sin advertir con luces o manualmente una maniobra, o conduciendo en forma temeraria, maliciosa o imprudente.
— No cumplir los requisitos de los vehículos de transporte de carga y de pasajeros.
— Negarse a someterse a un control de alcoholemia o estupefacientes.
—Conducir con mayor cantidad de alcohol en sangre de la permitida o bajo los efectos de estupefacientes.
—Pasar con la barrera baja.
—Ofrecer servicio de taxi, transporte de escolares, remises, vehículos de fantasía y otros sin autorización y/o habilitación.
— Incumplir obligaciones legales del Código Contravencional.
— Exceder la velocidad máxima permitida en más de un 30%.

Un infractor perderá 20 puntos por:
— Participar, disputar u organizar competencias de velocidad o destreza en vía pública, o lo que se conoce como “correr picadas”.

Habrá además un endurecimiento de la pena si se reincide; junto a la suspensión vigente de un plazo de 180 días, las autoridades de Tránsito declararán la caducidad de la licencia, lo que implica que el infractor deberá tramitar un nuevo registro.

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