CABALLITO

Imputaron al dueño de Coto por tener un arsenal en un supermercado

El empresario guardaba en forma ilegal, entre otros, 227 granadas, 41 proyectiles de gases lacrimógenos, 27 armas de fuego, 2 de lanzamiento.


La fiscal Paloma Ochoa imputó al supermercadista Alfredo Coto, y también a su hijo Germán Alfredo Coto, junto a los funcionarios del ANMAC (ex Renar) que tuvieron participación en el procedimiento llevado a cabo en el deposito del supermercado familiar, donde se halló un arsenal de armas no declaradas perteneciente a las fuerzas de seguridad y que desde el organismo nacional se dio la orden de ocultar el caso.
 
La causa 3552/16 se encuentra en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°2 a cargo del juez Sebastián Ramos e investiga la fiscal Paloma Ochoa. La fiscalía ya le tomó declaración a los implicados: el jerarca de la familia don Coto, su esposa Gloria García de Coto, su hijo Germán Alfredo Coto y el jefe de Seguridad de Coto y apoderado de la firma, Alejandro Nievas Blanco, según informó la web El Disenso.
 
El pasado 30 de agosto de 2016 la ANMAC, luego de recibir una denuncia a través de un correo electrónico anónimo, realizó una inspección en el depósito del supermercado familiar de la calle Paysandú 1842 en Caballito. El arsenal encontrado conmocionó a los inspectores: 227 granadas, ubicadas dentro de tachos, 41 proyectiles de gases lacrimógenos, 27 armas de fuego, 2 de lanzamiento, 3886 municiones, 14 chalecos antibala, 22 cascos tácticos sin numeración, 9 escudos antitumulto, un gas pimienta y hasta un silenciador de armas.
 
Luego de iniciada la investigación, se encuentra probado que Coto tenía en su poder explosivos y armas de fuego de manera ilegítima, a las que se les había borrado y/o adulterado la marca de parte de las armas incautadas por la justicia. Si bien la empresa posee permiso del ex Renar para operar armas de fuego, el mismo venció 2 años atrás por lo que de ser encontrados culpables de “acopio de armas de fuego, piezas o municiones sin la autorización requerida“, el Código Penal estipula reclusión o prisión de 4 a 10 años.

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