VIVIENDA

El IVC deberá publicar la información de los inmuebles para emergencia habitacional

La medida se da tras una acción de amparo de la Asociación Civil por la Igualdad, la Justicia (ACIJ) y la Federación de Cooperativas y el Movimiento de Ocupantes e Inquilinos (MOI).

El Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) deberá brindar toda la información relativa a los inmuebles de su propiedad destinados a resolver necesidades habitacionales. Así lo resolvió la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, tras una acción de amparo impulsada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Federación de Cooperativas - Movimiento de Ocupantes e Inquilinos (MOI).

El fallo confirma la sentencia de primera instancia según la cual el IVC “debe cesar en su resistencia a hacer público el listado de inmuebles que componen el Banco de Tierras e Inmuebles, identificando la ubicación, destino, dimensiones, uso actual, situación de ocupación y si existe algún compromiso asumido por el GCBA sobre los inmuebles destinados a resolver necesidades habitacionales”.

El Tribunal sostuvo que los argumentos utilizados por el Estado resultaban “contradictorios, insuficiente y ajenos al derecho vigente”basó su fallo en el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad y en la Ley 104 de Acceso a la Información. Tales disposiciones se “relacionan con el básico principio de la publicidad de los actos de gobierno".

Por último, indicó que “no es viable el planteo vinculado a la supuesta necesidad del IVC de producir información, ya que la información solicitada se refiere a datos objetivos relacionados con los inmuebles de propiedad del IVC, sin que para proporcionarlos aparezca como necesario realizar ninguna tarea de producción de información con la que la demandada, razonablemente, no cuente”.

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