PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

El domicilio fiscal electrónico es obligatorio en la Ciudad

Desde el lunes se definió la obligatoriedad del domicilio fiscal electrónico para los contribuyentes del Impuesto de los Ingresos Brutos, por el cual la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) notificará las novedades.

El lunes se publicó la resolución en el Boletín Oficial que determina la obligatoriedad del domicilio fiscal electrónico para los contribuyentes del Impuesto de los Ingresos Brutos, el objetivo es que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) notifique las novedades a los contribuyentes en un sitio de su página de Internet. Para ello, los ciudadanos deberán visitar todos los martes y viernes para darse por notificados de esas novedades, bajo su propia responsabilidad y sin poder aducir que no se enteraron.

La Resolución AGIP 405/2016 implementa en forma obligatoria el "Domicilio Fiscal Electrónico" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tanto para los contribuyentes y/o responsables de cualquier categoría del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, como para los Agentes de Recaudación. Ese domicilio fiscal electrónico tendrá los efectos del domicilio fiscal constituido, es decir, serán válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen.

A su vez, el domicilio fiscal implementado importa para el contribuyente la renuncia expresa a oponer en sede administrativa y/o judicial, defensas relacionadas con la eficacia y/o validez de la notificación, explicó Hernán Librano, de BDO Argentina.

Los actos administrativos comunicados a través del domicilio fiscal electrónico se considerarán notificados en cualquiera de estos momentos, el que ocurra en primer lugar:

- El día que el contribuyente y/o responsable proceda a la apertura del documento digital que contiene la documentación o, el siguiente hábil administrativo si el primero fuera inhábil.

- Los días martes y viernes inmediatos posteriores a la fecha en que las notificaciones o comunicaciones se encontraren disponibles o, el siguiente hábil administrativo si el primero fuera inhábil.

Al efecto de registrar el nuevo domicilio, los contribuyentes de Ingresos Brutos deberán ingresar en el aplicativo "Domicilio Fiscal Electrónico" de la página de Internet de la AGIP utilizando su Clave Ciudad nivel 2 y completar la información allí requerida. Ese aplicativo se encontrará disponible desde el próximo 1º de septiembre y, se considerarán efectuadas en término las presentaciones realizadas hasta el 30/09/2016, teniendo efectos el mismo a partir del 01/10/2016.

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