- Política
- 25.08.2016
LEGISLATURA PORTEÑA
Se aprobó la ley que otorga licencia por violencia de género a las docentes
El martes por la tarde la Comisión de Educación de la Legislatura porteña aprobó el proyecto de ley que propone incorporar al Estatuto del docente de la Ciudad la licencia por violencia de género.

La legisadora Lorena Pokoik señaló: “Es importante que a la víctima se la acompañe y se le brinde todos las herramientas del Estado para su protección integral. Después de muchas discusiones pudimos ponernos de acuerdo en no tener que obligar a la víctima a realizar una denuncia judicial para poder otorgarle la licencia, como ocurre en otras jurisdicciones”.
De esta forma se formaliza un marco de protección legal a los docentes que padecen violencia de género y no encuentran marco alguno para proteger uno de los elementos fundamentales que le pueden permitir avanzar hacia la separación de sus golpeadores; la continuidad de su fuente de trabajo como posibilidad de su independencia económica. Por ello la necesidad de colocar a la violencia de género como un motivo para solicitar una licencia dentro del Estatuto del Docente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Y al mismo tiempo, busca colaborar para avanzar con las denuncias, trámites y tratamientos que sean pertinentes según las orientaciones efectuadas por los organismos oficiales a los cuales ha tenido que acercarse la persona afectada para denunciar esta situación.
“Celebro la aprobación de este proyecto porque viene a visibilizar e instituir un tipo de licencia que estaba de alguna manera negada por Estado de la Ciudad de Buenos Aires y viene a cumplir y a sumarse a esa ampliación de derechos que tenemos que garantizar a las trabajadores docentes del sistema educativo. Va en sintonía con las leyes nacionales, e internacionales y con algunas leyes que ya tiene Buenos Aires, la ley 1688 y la Ley 5228 que están vinculadas a la violencia de género y doméstica”, explicó el legislador de la Coalición Cívica Maximiliano Ferraro.
Con esta sanción el artículo 70 quedaría de la siguiente manera:
Artículo 1°.- Incorpórese el siguiente inciso al Art. 70 del Estatuto Docente: y) Se otorgará esta licencia con percepción íntegra de haberes a las/los docentes con carácter de titular, interino y/o suplente que padezcan cualquier tipo de violencia de género afectando su seguridad personal, y que por tal motivo deban ausentarse de su puesto de trabajo. Esta licencia deberá contar con la debida justificación emitida por los servicios de atención y asistencia a las víctimas. En un plazo de 72 hs, se deberá presentar la denuncia judicial correspondiente o la certificación emitida por los organismos estatales competentes.
Artículo 2º.- El ministerio de Educación dictará las normas complementarias e interpretativas que fueran necesarias para una mejor aplicación de la licencia que por la presente se aprueba.
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