LA ORDEN SE LIMITA A LA CIUDAD

La justicia porteña confirmó la clausura preventiva de Uber

La orden que se ratificó había sido dispuesta días atrás por la jueza Claudia Alvaro y rige sobre la web de UBER Argentina y las plataformas digitales y aplicaciones.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires resolvió, por unanimidad, confirmar la resolución dictada por la jueza Claudia Alvaro el pasado 22 de abril, en lo respectivo a la orden de “clausura/bloqueo preventivo” de la página “www.uber.com/argentina y las plataformas digitales, aplicaciones y todo otro recurso tecnológico que permita contratar y/o hacer uso de los servicios de transporte de pasajeros que ofrece la empresa Uber, limitándola al estricto ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tanto la empresa se adecue a la normativa de la ciudad”.

En la resolución firmada este jueves 5 de mayo por los camaristas Marcela De Langhe, Fernando Bosch y Pablo Bacigalupo, se analizaron los argumentos expuestos por la defensa del CEO de la empresa Uber en el recurso de apelación interpuesto. “Uber debe cumplir con el conjunto de reglas constitucionales, legales y reglamentarias citadinas que se refieran a la actividad comercial que realiza, sin perjuicio de la observancia de la normativa que además le corresponda ante la Nación u otras provincias. Ello así, toda vez que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no sólo posee la atribución sino el deber de ejercer el poder de policía en aras de proteger la seguridad de las personas que habitan su territorio”, afirma la sentencia.

Los magistrados también señalaron en los fundamentos de su decisorio que “este tipo de medidas –clausura de página web- ha sido confirmada por el Máximo Tribunal local”, por lo que existe jurisprudencia al respecto; y subrayaron que “se ha constatado la existencia de determinados elementos que permiten acreditar la presencia de los extremos habilitantes para la viabilidad de la cautelar interpuestas, conforme surge de las copiosas constancias obrantes en el legajo”.

En relación a los usuarios, los jueces dijero que “se encuentran desamparados por cuanto estarían contratando un servicio de pasajeros totalmente exento de los controles del Estado con las eventuales consecuencias disvaliosas que ello podría acarrear, se encuentran comprometidas las condiciones de seguridad y funcionamiento del servicio que se pretende explotar en la ciudad”, destacan los camaristas.




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