El Senado aprobó la ley que prohibe los indultos por delitos de lesa humanidad


La Cámara de Senadores convirtió en ley el proyecto que establece que no habrá amnistía, indulto o conmutación de pena para delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra.

Se sancionó ayer en el Senado la ley que prohíbe indultos por delitos de lesa humanidad. El impulsor de la ley, el diputado nacional Horacio Pietragalla Corti del Frente para la Victoria destacó que la ley "es un paso más contra la impunidad" y "reafirma la responsabilidad de las instituciones democráticas" en los casos de crímenes aberrantes cometidos durante el terrorismo de Estado.

La flamante ley prohíbe los indultos, amnistías y conmutación de penas para delitos de lesa humanidad, basándose en antecedentes de la Corte Suprema de Justicia y de organismos internacionales.

"Es una reafirmación de las instituciones democráticas sobre la gravedad de los delitos de lesa humanidad y la obligación del juicio y castigo para sus responsables", señaló el legislador, hijo de desaparecidos, en diálogo con la Agencia Télam.

La ley reglamenta la prohibición de la facultad de indultar a los autores de delitos aberrantes de conformidad también con lo interpretado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los fallos "Mazzeo" y "Videla", en donde se declaró la inconstitucionalidad de los indultos a autores de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.

Pietragalla explicó que con esta ley "se trata de establecer -vía legal- esta interpretación constitucional sobre la restricción de la facultad de indultar, amnistiar o conmutar penas en casos de delitos de lesa humanidad, de conformidad a lo ya fallado por la Corte Suprema para los casos concretos".

El artículo 1° del proyecto que ahora es ley indica que "las penas o procesos penales sobre los delitos de genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra contemplados en los artículos 6, 7 y 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, no pueden ser objeto de amnistía, indulto o conmutación de pena, bajo sanción de nulidad absoluta e insanable del acto que lo disponga".


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