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- 18.07.2014
Le ordenan al gobierno porteño implementar “presupuesto participativo”
La Justicia porteña dictaminó que el gobierno de la ciudad de Buenos Aires disponga de los mecanismos necesarios para implementar el “caracter participativo del presupuesto”.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires le ordenó al gobierno porteño implementar los mecanismos para el “carácter participativo del presupuesto”, lo que incluye “procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos”.
La Sala Primera del tribunal, integrada por los jueces Fabiana Schafrik, Mariana Díaz y Carlos Balbín, dispuso además que la administración porteña deberá “dar adecuada publicidad a las normas respectivas” y, además, “arbitrar los medios conducentes para la real ampliación de la convocatoria”.
El fallo confirma en lo esencial una decisión de primera instancia del juez Guillermo Scheibler, quien había dispuesto que el gobierno porteño “instrumente adecuadamente los procedimientos participativos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos”, tras advertir que la práctica, establecida en la Constitución de la Ciudad y en una ley local de 1998 nunca fue implementada en su totalidad.
La acción de amparo fue interpuesta por el abogado Javier García Elorrio, quien reclamó la aplicación de la normativa que “establece el carácter participativo del presupuesto” y determina que “la ley debe fijar los procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos”.
“Se garantiza la participación de la población en la elaboración y seguimiento del Presupuesto Anual, del Programa General de Gobierno y del Plan de Inversiones Públicas del Gobierno de la Ciudad a través de foros temáticos y zonales. A esos efectos se articularán los mecanismos que surjan de la Ley de Presupuesto Participativo”, sostiene, a su vez, la Ley 70 de la metrópoli.
“La participación ciudadana en la gestión pública constituye un derecho activo exigible a los poderes públicos, de forma que éstos establezcan y garanticen los cauces para su ejercicio en los procesos de gestión pública. La posibilidad de ejercer el derecho a participar en los procedimientos de consulta ciudadana sobre las prioridades de asignación de recursos constituye así un derecho político de la ciudadanía de Buenos Aires en su conjunto y de cada uno de sus habitantes en particular”, sostiene el fallo.
Fuente: Diario Z
La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires le ordenó al gobierno porteño implementar los mecanismos para el “carácter participativo del presupuesto”, lo que incluye “procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos”.
La Sala Primera del tribunal, integrada por los jueces Fabiana Schafrik, Mariana Díaz y Carlos Balbín, dispuso además que la administración porteña deberá “dar adecuada publicidad a las normas respectivas” y, además, “arbitrar los medios conducentes para la real ampliación de la convocatoria”.
El fallo confirma en lo esencial una decisión de primera instancia del juez Guillermo Scheibler, quien había dispuesto que el gobierno porteño “instrumente adecuadamente los procedimientos participativos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos”, tras advertir que la práctica, establecida en la Constitución de la Ciudad y en una ley local de 1998 nunca fue implementada en su totalidad.
La acción de amparo fue interpuesta por el abogado Javier García Elorrio, quien reclamó la aplicación de la normativa que “establece el carácter participativo del presupuesto” y determina que “la ley debe fijar los procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos”.
“Se garantiza la participación de la población en la elaboración y seguimiento del Presupuesto Anual, del Programa General de Gobierno y del Plan de Inversiones Públicas del Gobierno de la Ciudad a través de foros temáticos y zonales. A esos efectos se articularán los mecanismos que surjan de la Ley de Presupuesto Participativo”, sostiene, a su vez, la Ley 70 de la metrópoli.
“La participación ciudadana en la gestión pública constituye un derecho activo exigible a los poderes públicos, de forma que éstos establezcan y garanticen los cauces para su ejercicio en los procesos de gestión pública. La posibilidad de ejercer el derecho a participar en los procedimientos de consulta ciudadana sobre las prioridades de asignación de recursos constituye así un derecho político de la ciudadanía de Buenos Aires en su conjunto y de cada uno de sus habitantes en particular”, sostiene el fallo.
Fuente: Diario Z
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