Permiten 0800 para denunciar “intromisión política” en las escuelas

La Justicia porteña hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno de la Ciudad y revocó la sentencia que restringió la línea telefónica 0800 para recibir denuncias anónimas sobre “intromisión políticaen escuelas. La Cámara resolvió rechazar el amparo presentado por el abogado constitucionalista Roberto Boico.

En la sentencia de fondo, la Cámara de Apelaciones resolvió rechazar la acción de amparo impulsada por el abogado constitucionalista Roberto Boico, en la cual se solicitaba que la justicia declare la inconstitucionalidad de la medida dispuesta por el ministro de Educación, Esteban Bullrich, además de que ordene el cese de inmediato la persecución política a jóvenes militantes, se remitan actuaciones al INADI y a la Legislatura ante la posible configuración de un hecho que amerite la iniciación de un juicio político por mal desempeño del jefe de Gobierno, Mauricio Macri, y de mencionado Bullrich, por discriminación y persecución ideológica.

En el fallo firmado el pasado 19 de mayo con los votos a favor de los jueces Mariana Díaz y Esteban Centanaro y el voto en disidencia de Carlos Balbín, se dispuso revocar la sentencia dictada en primera instancia en la cual la jueza Elena Liberatori hizo lugar a la acción de amparo, se dispuso que se adapte debidamente conforme a derecho el funcionamiento de la línea telefónica en cuestión.

También ordenó al titular de la cartera educativa a “abstenerse de ejercer potestad sancionadora alguna en relación a estudiantes y docentes de escuelas públicas de la Ciudad de Buenos Aires con base en hechos y conductas denunciados anónimamente”.

En su voto, la magistrada Mariana Díaz expuso que “ni bajo la denuncia de discriminación, ni por afectación de la libertad de expresión, ni por el potencial riesgo de suscitar reproches disciplinarios o persecutorios, se puede dar por configurado un supuesto que habilite el control judicial requerido a fin de lograr la declaración de inconstitucionalidad de la norma habilitante de la línea de atención telefónica gratuita para recibir denuncias sobre ‘intromisión política’ en los colegios de la ciudad”. También expresó que no existe una “controversia concreta” en torno a un derecho, por lo que “no resulta procedente avanzar en un control de legalidad”.

El juez Carlos F. Balbín, en su disidencia, expuso entre sus argumentos que “quedó demostrada la existencia de una conducta estatal manifiestamente ilegítima que resulta, además, lesiva de derechos constitucionales”, ya que el Protocolo de Procedimiento del 0800 introduce infracciones y sanciones administrativas a alumnos y educadores. Además, fundó su rechazo a las denuncias anónimas, en que “no es posible saber si el denunciante es capaz, imparcial o calumnioso” y “resultaría inadmisible que los menores se encuentren expuestos a este tipo de denuncias”.

En 2012, la jueza Elena Liberatori falló contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y ordenó al Ministerio de Educación porteño “abstenerse” de sancionar a alumnos y docentes por “hechos y conductas denunciadas anónimamente” mediante la línea 0800. Además, en dicha sentencia, la jueza Elena Liberatori mantuvo la medida cautelar que restringía la utilización del 0800 y limitaba su funcionamiento “solo a denuncias de conductas penales tipificadas en el Código Penal”.

Fuente: Diario Z


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