- Archivo
- 28.06.2013
Supermercados: no deberán cobrar extra por bebidas frías
La Legislatura porteña aprobó en su sesión ordinaria de ayer la iniciativa del diputado Helio Rebot (PRO), que planteó la modificación del art. 1º de la Ley Nº 1207 (BOCBA Nº 1850 del 5/01/2004), por lo cual los autoservicios y supermercados deberán dejar de cobrar un precio diferenciado por las bebidas frías.
El art. 1º de la citada Ley especifica ahora en su inciso “i” que los Supermercados, Supermercados Totales o Hipermercados, y Autoservicios de bienes consumibles y no consumibles, deberán “abstenerse de realizar cualquier diferenciación de precios entre productos que estén ubicados dentro o fuera de heladeras exhibidoras que se encuentren en los establecimientos y al alcance de los consumidores”.
Al respecto, el diputado Rebot consideró que la medida es “un paso importante en la defensa del consumidor, que muchas veces se ve sorprendido al llegar a la caja y tener que pagar un precio extra que no tenía previsto. Con esta iniciativa se intenta desterrar una práctica nociva que desde hace tiempo se volvió habitual por parte de algunos supermercados”.
El art. 1º de la citada Ley especifica ahora en su inciso “i” que los Supermercados, Supermercados Totales o Hipermercados, y Autoservicios de bienes consumibles y no consumibles, deberán “abstenerse de realizar cualquier diferenciación de precios entre productos que estén ubicados dentro o fuera de heladeras exhibidoras que se encuentren en los establecimientos y al alcance de los consumidores”.
Al respecto, el diputado Rebot consideró que la medida es “un paso importante en la defensa del consumidor, que muchas veces se ve sorprendido al llegar a la caja y tener que pagar un precio extra que no tenía previsto. Con esta iniciativa se intenta desterrar una práctica nociva que desde hace tiempo se volvió habitual por parte de algunos supermercados”.
- SECCIÓN
- Archivo
COMENTARIOS