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- 25.06.2013
En un mes Macri establecerá el aumento del ABL para el año próximo
El 31 de julio vence el plazo para que el Ejecutivo porteño envíe a la Legislatura local el listado actualizado de los valores de las propiedades, que sirve de base para calcular el monto del impuesto a ingresar en 2014. El mecanismo asegura un aumento anual de la tasa.
Antes de fin del mes próximo, el jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri, establecerá el aumento en la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) que soportarán los porteños durante 2014.
El año pasado se creó un nuevo mecanismo que fija que "el 31 de julio de cada año la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) enviará el listado actualizado de los valores de las propiedades, que servirá de base para calcular el monto del impuesto a ingresar" en el siguiente período fiscal.
De esta manera, si bien la Legislatura y los contribuyentes podrán cuestionar el importe establecido, el Gobierno de Macri se asegura poder aumentar el ABL año tras año.
De acuerdo con la reglamentación vigente, cada 31 de julio la AGIP remitirá a la Legislatura los valores del terreno y de la edificación de cada propiedad que se usarán como base para el año siguiente.
Luego, ésta contará con 30 días corridos para efectuar las observaciones que considere adecuadas. Los importes también serán publicados en la web del fisco de la Ciudad de Buenos Aires. A modo de límite, el Ejecutivo porteño estableció que "ninguna propiedad podrá pagar anualmente más del 1% de su valor real de mercado".
Si bien llega una sola boleta, la factura del ABL posee dos componentes: La tasa por el servicio de alumbrado, barrido y limpieza, que es igual para todos y es equivalente al 0,5% de la valuación de la propiedad determinada por el fisco. El impuesto inmobiliario, que contempla alícuotas crecientes a medida que se trate de propiedades de mayor cotización. La tasa va de 0,2% y 1,5 por ciento.
El valor informado por la AGIP se denomina Valuación Fiscal Homogénea (VFH). El mismo se multiplica por 4 para obtener el monto que estará sujeto a la alícuota del impuesto a fin de obtener el tributo a ingresar.
El VFH nunca podrá ser mayor al 20% del valor de mercado. Así, considerando que se incrementa cuatro veces, el importe sujeto a la tasa del ABL nunca podrá ser superior al 80% del precio de mercado.
Para obtener la cifra de este indicador, el Gobierno porteño considera entre otros aspectos: el valor económico y la incidencia del terreno, según ubicación geográfica y entorno. El precio real de la edificación según categoría, destino, calidad, características arquitectónicas y estado de conservación.
Antes de fin del mes próximo, el jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri, establecerá el aumento en la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) que soportarán los porteños durante 2014.
El año pasado se creó un nuevo mecanismo que fija que "el 31 de julio de cada año la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) enviará el listado actualizado de los valores de las propiedades, que servirá de base para calcular el monto del impuesto a ingresar" en el siguiente período fiscal.
De esta manera, si bien la Legislatura y los contribuyentes podrán cuestionar el importe establecido, el Gobierno de Macri se asegura poder aumentar el ABL año tras año.
De acuerdo con la reglamentación vigente, cada 31 de julio la AGIP remitirá a la Legislatura los valores del terreno y de la edificación de cada propiedad que se usarán como base para el año siguiente.
Luego, ésta contará con 30 días corridos para efectuar las observaciones que considere adecuadas. Los importes también serán publicados en la web del fisco de la Ciudad de Buenos Aires. A modo de límite, el Ejecutivo porteño estableció que "ninguna propiedad podrá pagar anualmente más del 1% de su valor real de mercado".
Si bien llega una sola boleta, la factura del ABL posee dos componentes: La tasa por el servicio de alumbrado, barrido y limpieza, que es igual para todos y es equivalente al 0,5% de la valuación de la propiedad determinada por el fisco. El impuesto inmobiliario, que contempla alícuotas crecientes a medida que se trate de propiedades de mayor cotización. La tasa va de 0,2% y 1,5 por ciento.
El valor informado por la AGIP se denomina Valuación Fiscal Homogénea (VFH). El mismo se multiplica por 4 para obtener el monto que estará sujeto a la alícuota del impuesto a fin de obtener el tributo a ingresar.
El VFH nunca podrá ser mayor al 20% del valor de mercado. Así, considerando que se incrementa cuatro veces, el importe sujeto a la tasa del ABL nunca podrá ser superior al 80% del precio de mercado.
Para obtener la cifra de este indicador, el Gobierno porteño considera entre otros aspectos: el valor económico y la incidencia del terreno, según ubicación geográfica y entorno. El precio real de la edificación según categoría, destino, calidad, características arquitectónicas y estado de conservación.
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