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- 14.05.2013
A contramano de la Corte Suprema, Macri anunciará una ley de medios propia
El jefe de gobierno anunciará en conferencia de prensa a partir de las 17 un proyecto que pretende reivindicar la autoridad de la Ciudad para los medios locales, entre los que se encuentran algunos pertenecientes al Grupo Clarín.
Macri retomaría un par de proyectos que fueron presentados por sus propios legisladores hace tiempo, que buscan regular los medios audiovisuales dentro de la jurisdicción metropolitana.
Uno de los proyectos en particular es el de un asesor del legislador Oscar Moscariello, al que en 2009 durante la discusión sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual con el que el jefe de gobierno porteño pretende crear un Afsca propia que impida que el Gobierno nacional intervenga sobre los medios que se encuentren dentro de la Ciudad. El proyecto se ampara en el artículo 124 de la Constitución Nacional, que reza: “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio“.
Esto iría a contramano de lo ya dictaminado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el año pasado. Una ley similar dictada en la provincia de San Luis, la I-0735-2010, no prospero ya que la Corte dictó una cautelar en donde le exige al gobierno puntano que “se abstenga” de aplicar una ley provincial de regulación de servicios audiovisuales y de “concretar cualquier otro acto relacionado con la radiodifusión que requiera la conformidad de la autoridad nacional y no cuente con ella”.
De esa manera “se evitarán los efectos y perjuicios que su aplicación inmediata podría generar, si, al dictarse la sentencia definitiva, se admitiese la demanda” presentada por la Afsca, explica la resolución judicial. La medida “se basó en precedentes dictados por la Corte en materias relacionadas con la interjurisdiccionalidad de las ondas de radiodifusión” y tuvo en cuenta “que resulta necesario mantener el estado de cosas existente con anterioridad a la sanción de la ley provincial”.
La causa A. 1140 XLVI fue promovida por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual contra la provincia de San Luis, a fin de obtener que se declare la nulidad por inconstitucionalidad de la ley antes mencionada, en virtud de que “la provincia pretendería arrogarse jurisdicción sobre todas las materias relativas a los servicios de radiodifusión, televisión abierta y por cable que se prestan dentro de sus límites”.
Dicha pretensión, dice la demanda del Estado nacional, “implicaría una intromisión del gobierno local en el ámbito de competencia de la autoridad federal y, en consecuencia, una violación de lo dispuesto por los artículos 16, 31, 75, incisos 13 y 19, 126 y 128 de la Constitución Nacional, de la ley 26.522 y de los tratados internacionales (Torremolinos, 1973 y Nairobi, 1982, entre otros) ratificados por la República Argentina”.
Macri retomaría un par de proyectos que fueron presentados por sus propios legisladores hace tiempo, que buscan regular los medios audiovisuales dentro de la jurisdicción metropolitana.
Uno de los proyectos en particular es el de un asesor del legislador Oscar Moscariello, al que en 2009 durante la discusión sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual con el que el jefe de gobierno porteño pretende crear un Afsca propia que impida que el Gobierno nacional intervenga sobre los medios que se encuentren dentro de la Ciudad. El proyecto se ampara en el artículo 124 de la Constitución Nacional, que reza: “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio“.
Esto iría a contramano de lo ya dictaminado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el año pasado. Una ley similar dictada en la provincia de San Luis, la I-0735-2010, no prospero ya que la Corte dictó una cautelar en donde le exige al gobierno puntano que “se abstenga” de aplicar una ley provincial de regulación de servicios audiovisuales y de “concretar cualquier otro acto relacionado con la radiodifusión que requiera la conformidad de la autoridad nacional y no cuente con ella”.
De esa manera “se evitarán los efectos y perjuicios que su aplicación inmediata podría generar, si, al dictarse la sentencia definitiva, se admitiese la demanda” presentada por la Afsca, explica la resolución judicial. La medida “se basó en precedentes dictados por la Corte en materias relacionadas con la interjurisdiccionalidad de las ondas de radiodifusión” y tuvo en cuenta “que resulta necesario mantener el estado de cosas existente con anterioridad a la sanción de la ley provincial”.
La causa A. 1140 XLVI fue promovida por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual contra la provincia de San Luis, a fin de obtener que se declare la nulidad por inconstitucionalidad de la ley antes mencionada, en virtud de que “la provincia pretendería arrogarse jurisdicción sobre todas las materias relativas a los servicios de radiodifusión, televisión abierta y por cable que se prestan dentro de sus límites”.
Dicha pretensión, dice la demanda del Estado nacional, “implicaría una intromisión del gobierno local en el ámbito de competencia de la autoridad federal y, en consecuencia, una violación de lo dispuesto por los artículos 16, 31, 75, incisos 13 y 19, 126 y 128 de la Constitución Nacional, de la ley 26.522 y de los tratados internacionales (Torremolinos, 1973 y Nairobi, 1982, entre otros) ratificados por la República Argentina”.
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