- Sociedad
- 09.10.2026
La Cámara Electoral habilitó una plataforma digital gratuita para reunir firmas en iniciativas populares
La Cámara Nacional Electoral aprobó el 8 de octubre la creación de una plataforma digital que permitirá recolectar adhesiones electrónicas para impulsar proyectos de ley ante el Congreso, en el marco de la Ley 24.747 que reglamenta la iniciativa popular prevista en la Constitución.
La decisión fue adoptada el jueves 8 de octubre mediante la Acordada Extraordinaria N° 173, firmada por los jueces Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas. La herramienta, denominada Plataforma Digital para Iniciativas Legislativas Populares, permitirá reunir adhesiones ciudadanas mediante firma electrónica en el marco de la Ley 24.747, que regula este mecanismo de participación.
La nueva herramienta estará disponible para cualquier persona, agrupación política u organización de la sociedad civil que promueva una iniciativa legislativa popular y funcionará de manera complementaria a la recolección de firmas en papel. El sistema será gratuito, estará bajo control del tribunal y convivirá con las adhesiones manuscritas en papel previstas hasta ahora.
La Oficina de Coordinación General de Sistemas Informáticos Electorales será la encargada de administrar, mantener y operar el servicio.
La decisión se adopta luego de una experiencia piloto autorizada por el tribunal en mayo de 2026, cuyas verificaciones permitieron comprobar la viabilidad técnica de vincular de manera segura la identidad de cada firmante con el documento firmado, así como garantizar la autenticidad de las firmas, la integridad de los documentos y la preservación de los datos personales.
La iniciativa popular está contemplada en el artículo 39 de la Constitución Nacional y permite a los ciudadanos presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados. La legislación establece, entre otros requisitos, que una iniciativa debe reunir adhesiones equivalentes como mínimo al 1,5% del padrón utilizado en la última elección de diputados nacionales, con representación de al menos seis distritos electorales.
La legislación excluye de este mecanismo los proyectos sobre reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.
Una vez reunidos y verificados los respaldos exigidos, la iniciativa debe ser presentada ante la Cámara de Diputados, y la Constitución establece que el Congreso debe darle tratamiento expreso dentro de los 12 meses posteriores a su presentación.
La Cámara Nacional Electoral dispuso comunicar la acordada a la Cámara de Diputados y a los jueces federales con competencia electoral de todo el país, aunque la puesta en marcha del sistema quedará sujeta a las definiciones técnicas que adopte el área informática del tribunal.
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