COMUNA 12

La justicia ratificó la protección de la ex fábrica Barthel de Coghlan

El Gobierno porteño había autorizado ilegalmente la demolición casi total del edificio que cuenta protección patrimonial en el barrio de Coghlan.



La Sala de Feria CAyT rechazó los recursos de apelación interpuestos por el Gobierno de la Ciudad y la empresa Jorne S.A. y ratificó la medida cautelar dictada por el juez Roberto Andrés Gallardo que había ordenado frenar la demolición del edificio de la ex Fábrica Barthel, informa el portal Parque Chas Web.
 
La medida cautelar ratificada también había ordenado suspender los efectos de la Disposición N° 833/DGIUR/23, y disponer la continuidad de la clausura y suspensión de los trabajos constructivos y de demolición del inmueble sito en Capitán General Ramón Freire 3035/55/65/75/85 de esta Ciudad.
 
Estas sentencias se dictaron con posterioridad a que la empresa Jorne S.A. manifestara su voluntad de demandar por daños y perjuicios al Observatorio del Derecho a la Ciudad y a la arquitecta Dora Young por el dictamen técnico que elaboró para ser acompañado con la demanda. Este dictamen fue calificado por la empresa Jorne S.A. de “mendaz”, “falaz”, “tendencioso”, “mala fe”, “desconocimiento espeluznante”. Finalmente, los tribunales concordaron con el contenido de este informe.
 
El Gobierno de la Ciudad había otorgado un permiso de obra nueva a la empresa Jorne S.A. para el predio donde se encuentra el conjunto edilicio catalogado con nivel de protección estructural por Ley N° 5117 de 2014, compuesto por un edificio de habitación, oficinas y pabellones industriales de la ex fábrica de muebles Barthel.
 
Alegando que los pabellones no presentan valor patrimonial, el Gobierno porteño autorizó la demolición de más del 86% del conjunto edilicio contrariando la protección patrimonial estructural otorgada por la Ley N° 5177 a la totalidad del inmueble, es decir, que protege todo el conjunto sin distinción entre los pabellones y el edificio de habitación. También autorizó a incrementar el volumen del edificio y construir en el pulmón de manzana, situaciones absolutamente prohibidas por el Código Urbanístico. Una excepción inmobiliaria del Poder Ejecutivo a medida de los intereses económicos de la empresa Jorne S.A. que ni siquiera pasó por la Legislatura en contra del patrimonio cultural porteño.
 
La ley habla del valor urbanístico ambiental del conjunto: “No obstante el importante tamaño de la parcela con los retiros de frente y la tipología edilicia lo presentan como un hito de valor referencial para el barrio. Así mismo, se destaca la articulación de las piezas que conforman el conjunto con los jardines y arboleda, construyendo un contexto de especial calidad ambiental”.
 
La decisión correspondiente a desestimar el valor patrimonial de los pabellones corresponde a la Legislatura de la Ciudad que ha decidido otorgarles protección patrimonial con nivel estructural. Por otra parte, de acuerdo con el Código Urbanístico el nivel de protección estructural implica que solo se pueden hacer modificaciones internas, estando prohibidas las obras de demolición y ampliación, pero el proyecto autorizado prevé el aumento en 250% del volumen edificado llevando la altura de dos plantas a 5 plantas con la construcción de subsuelos en toda la parcela. Gran parte de las nuevas construcciones se van a emplazar en el pulmón de manzana, situación también prohibida por el Código Urbanístico.
 
En la carátula del permiso de obra se detalla que se van a demoler 2011 m2, es decir, el 86,89% del edificio protegido patrimonialmente. De los 2314 m2 del edificio sólo se conservarán 303 m2. Y, además, se incrementará el volumen en unos 8305 m2. Esta cantidad de nuevos metros cuadrados va en contra de los grados de intervención 1 y 2 para edificios con protección estructural. Además, se proyecta el retiro injustificado de especies arbóreas que forman parte del paisaje y del entorno que hacen a la protección patrimonial y a la calidad ambiental del inmueble.
 
Habiendo constatado que la demolición ya empezó, distintos colectivos y asambleas presentaron un amparo ambiental con medida cautelar, al que hizo lugar tanto el juzgado de 1ra instancia como el Tribunal de 2da instancia. El amparo fue presentado con la personería del Observatorio del Derecho a la Ciudad solicitando que se declare la ilegalidad de los permisos otorgados y se interrumpan inmediatamente los trabajos constructivos y de demolición en el predio.
 


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