COMUNA 11

Villa Devoto defiende su identidad barrial contra la sobre construcción

Agrupaciones vecinales de Villa Devoto se presentaron ante la Justicia para defender la identidad del barrio que está viviendo una gran transformación como consecuencia del estímulo a la renovación inmobiliaria y urbanística generado por el Código Urbanístico.


La Asamblea Devoto Unido conjuntamente con Observatorio del Derecho a la Ciudad y el movimiento “La Ciudad Somos Quienes La Habitamos” se presentaron ante la Justicia para defender la identidad del barrio de Villa Devoto que “está siendo destruido como consecuencia del estímulo a la renovación inmobiliaria y urbanística generado por el Código Urbanístico”, denuncian desde las organizaciones.
 
En la demanda se solicitó que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la actual regulación urbanística que surge del Código Urbanístico (Ley N° 6099 y Ley N° 6131) para el barrio Villa Devoto, en tanto, autorizó un incremento de la capacidad constructiva que no tuvo en cuenta el tejido preexistente al eliminar la restricción constructiva del FOT que disponía el Código de Planeamiento Urbano derogado para las distintas zonas del barrio.
 
Como consecuencia de estos cambios de normativa urbanística, se incrementó la capacidad constructiva de las parcelas entre un 2,22 y 4,36 veces en el 61,91% del área total de Villa Devoto, llegando a 5,52 y 6,62 veces en otros sectores. Esto generó un proceso acelerado de renovación inmobiliaria y urbana, que viola la protección que dispone el Plan Urbano Ambiental para los sectores residenciales de casas bajas consolidados y para las identidades barriales (arts. 4, 6 y 8 de la Ley N° 2930), que lesiona el derecho a un ambiente urbano sano y equilibrado, el derecho a la protección del patrimonio urbanístico (art. 27 de la CCABA) y al paisaje urbano.
 
Asimismo, se solicitó que se ordene la suspensión de la ejecución de nuevas obras o edificios en el barrio de Villa Devoto cuyos proyectos sean acordes a los nuevos parámetros urbanísticos del Código Urbanístico hasta que el Gobierno de la Ciudad no realice una Evaluación de Impacto Ambiental Acumulativa y una Evaluación Ambiental Estratégica con relación a la modificación de la planificación y el incremento de la capacidad constructiva del barrio Villa Devoto dispuesta por el nuevo Código Urbanístico (Doctrina del caso “Salas” de la Corte Suprema, art. 7 del Acuerdo de Escazú, arts. 2 bis, 5 y 8 bis de la Ley N° 123, arts. 10 y 30 de la CCABA).
 
También se presentará en los próximos días un proyecto de ley, con el objeto de modificar el Código Urbanístico a fin de proteger la identidad de Villa Devoto, elaborado por la Asamblea con el acompañamiento de la legisladora Claudia Neira y del Observatorio del Derecho a la Ciudad.
 
Villa Devoto es principalmente un barrio de casas bajas donde predominan las residencias de uno o dos pisos. En el informe técnico elaborado por la arquitecta Magdalena Eggers se llega a la siguiente conclusión: “Identificamos varios sectores en los que al rezonificar claramente no se tuvieron en cuenta el tejido preexistente ni la base normativa asentada por el Código de Planeamiento Urbano. Fundamentalmente el Sector 3 y Sector 6, donde se permite 2.22, y 4.36 veces más superficie construible que antes, y que significan el 61,91% del área total de Villa Devoto. Este aumento indiscriminado de la capacidad constructiva cuyo único fin es recaudatorio, fomenta la demolición de numerosas casonas con increíbles parques, con el objeto de promover construcciones rentables en un barrio que aún conserva identidad y tranquilidad a pesar de su estratégica ubicación debido a que el Código de Planeamiento Urbano lo protegía”. Resulta evidente del informe que la eliminación del límite de FOT generó un incremento del 200% y un 400% de la capacidad constructiva en casi el 62% de manzanas del barrio Villa Devoto. En algunas manzanas dicho incremento llega al 600%.
 
Según los vecinos de Villa Devoto, “la situación general de la infraestructura del barrio se encuentra en estado crítico, el GCBA dejó de exigir la presentación previa de certificados de factibilidad de infraestructura de servicios públicos para autorizar la construcción de nuevos edificios. Esto con el objetivo de ocultar que esta sobreconstrucción sobrepasará la capacidad de carga de la infraestructura de servicios públicos. El incremento de la densidad constructiva implica la disminución de suelo absorbente, la tala de árboles de forma masiva en momentos que serían necesarios la creación de espacios verdes y la plantación masiva de especies arbóreas La pérdida del patrimonio histórico y cultural del barrio conlleva la pérdida de identidad barrial. La arquitectura y el arte como forma de expresión histórica y artística para dar lugar a construcciones especulativas sin carácter ni valor artístico, híbridos de cemento sin expresión alguna”.


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