DERECHOS

La Justicia reconoció el derecho a la vivienda digna de una integrante del colectivo trans

El magistrado entendió que "la accionante se encuentra en una situación de vulnerabilidad que requiere atención específica del Gobierno para superar esa condición (…). Por ser ello así corresponderá que la demandada le reconozca prioridad en el acceso a las prestaciones de las políticas sociales”.



El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo n° 17, Marcelo Segon, hizo lugar a la acción de amparo promovida por una mujer trans contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y ordenó que “se le reconozca prioridad en el acceso a prestaciones de políticas sociales”.

“Todo ello, en la medida en que subsistan las condiciones de vulnerabilidad social que dan lugar a la admisión de la demanda en el marco del presente pronunciamiento, resultando improcedente limitar los efectos de la sentencia solo a lo que dure el ‘Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio’ y sus prórrogas y modificaciones, dado que ello no fue pedido en la demandada y considerando que el cese de las medidas tomadas como consecuencia de la política sanitaria no conlleva necesariamente a que se supere automáticamente la vulnerabilidad social acreditada en la causa”, añadió en sus considerandos. Todo ello en el marco de la causa “L., S. contra GCBA sobre Amparo – Habitacionales”, Expediente n.° 53769/2020-0, según difundió el portal I-Judicial.

La denunciante pidió al gobierno porteño que “le provea una solución estable y permanente que garantice en forma efectiva el derecho a una vivienda y que sea suficiente para abonar un alojamiento en la CABA”. Se trata de una mujer trans de 24 años que se desempeñaba como trabajadora sexual en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. “En razón de su condición de género jamás accedió a un empleo en el marco de la formalidad”, se dejó asentado en el escrito.

Además de citar antecedentes internacionales, el juez realizó un repaso a nivel nacional, y aludió a la ley de identidad de género.

El magistrado concluyó que “en base al análisis fáctico y las pruebas producidas en autos que la accionante se encuentra en una situación de vulnerabilidad que requiere atención específica del Gobierno para superar esa condición (…). Por ser ello así corresponderá que la demandada le reconozca prioridad en el acceso a las prestaciones de las políticas sociales”.

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