JUDICIALES

Las represiones de diciembre, con aval de la justicia penal porteña

Distintos jueces y salas de la Cámara del Crimen porteña rechazaron por lo menos media docena de hábeas corpus que apuntaban a garantizar el derecho de los manifestantes contra la reforma previsional. El rechazo fue sistemático, con el argumento de que no había amenaza cierta. Luego, los hechos demostraron lo contrario.



Las prácticas represivas que las fuerzas de seguridad desataron contra los manifestantes que protestaban contra la reforma previsional, tanto el 14 como el 18 de diciembre pasado, contaron con el aval de la justicia penal porteña, antes y después de las marchas, mediante el rechazo de media docena de hábeas corpus por parte de distintos jueces y salas de la Cámara del Crimen. El argumento fue que no había “amenaza cierta, concreta e inminente a la libertad de los intervinientes a la movilización convocada. Tampoco existen indicios que autoricen a suponer que las fuerzas de seguridad afectarán sus derechos, ni apartarán de sus funciones específicas”. Luego, los hechos indicarían lo contrario.

A más de un mes de la primera manifestación, al menos dos policías están siendo investigados por abusos cometidos durante la represión. Uno es Dante Barisone, de la Policía Federal, por atropellar a un manifestante herido que estaba tirado en la calle. El otro es Alfredo Martín Luna, miembro de la División Intervenciones Urbanas de la Policía de la Ciudad, acusado de rociar con gas pimienta a un jubilado que estaba solo y no estaba cometiendo delito alguno.

El periodista Néstor Espósito reveló en el diario cooperativo Tiempo Argentino que el rechazo de hábeas corpus como medida preventiva ante eventuales represiones fue sistemático en la Ciudad. Entre las acciones preventivas rechazadas figuran presentaciones de la titular de Madres de Plaza de Mayo, Hebe de Bonafini; del diputado nacional Horacio Pietragalla Corti; y de la abogada Claudia Cesaroni.

Pietragalla Corti presentó el 14 de diciembre la acción en el marco del expediente 75452/17, pidiendo que “las fuerzas de seguridad se abstengan de realizar acciones represivas o de privación de la libertad ambulatoria”. La jueza de instrucción Silvia Ramond respondió: “No se vislumbra amenaza cierta, concreta o inminente a la libertad de los intervinientes a la movilización convocada, tratándose de una inquietud del accionante, que no encuentra sustento alguno ya que no existen indicios certeros que permitan presumir que las fuerzas de seguridad afectarán sus derechos ni se aparten de sus funciones previstas por el ordenamiento legal”. La decisión fue confirmada por los camaristas Mariano González Palazzo y Carlos Alberto González.

Por su parte, Hebe de Bonafini había presentado su acción previa a los disturbios del 18 de diciembre, lo cual fue rechazado por la jueza María Gabriela Lanz en el marco de la causa 76.558/17. En tanto, los abogados Diego Bruno Martino, Alejandra Iriarte y Claudia Cesaroni habían pedido también el 14 de diciembre que se garantizara “la libertad ambulatoria, que estiman amenazada junto a su integridad física” y pidieron “que el personal policial y de seguridad destinado no porte armas, usen prendas que los identifiquen y no lleven canes”. Todo ello fue igualmente rechazado.

Otro caso, que no agota la lista, es el rechazo en los tribunales porteños al planteo del abogado Luis Fernando Cabaleiro en representación del fotógrafo Pablo Ernesto Piovano, quien fue “alcanzado por balas de goma durante los sucesos ocurridos en la Plaza de los Dos Congresos que configura un hostigamiento y amedrentamiento que debe ser remediado”. Y el de Alejandrina Barry, sometida a un singular “control vehicular” que el Poder Judicial justificó “en el marco de las medidas de prevención adoptadas frente a los hechos de público conocimiento suscitados en esta Ciudad en los alrededores del edificio del Congreso”. 

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