OPINION

El emperador Juliano y el diputado De Vido

A mediados del siglo IV Delphidius, se dirigió al emperador Juliano: “Oh, ilustre César, si es suficiente con negar, ¿qué ocurrirá con los culpables?”; a lo que el emperador respondió: “Y si fuese suficiente con acusar, ¿qué le sobrevendría a los inocentes?”.

Sebastián Fernández
A mediados del siglo IV, el gobernador de la Gallia Narbonensis fue sometido a un juicio criminal y, asumiendo su propia defensa, negó los cargos y denunció la falta de pruebas. Su adversario, Delphidius, se dirigió al emperador Juliano: “Oh, ilustre César, si es suficiente con negar, ¿qué ocurrirá con los culpables?”; a lo que el emperador respondió: “Y si fuese suficiente con acusar, ¿qué le sobrevendría a los inocentes?”.

Graciana Peñafort, abogada de CFK y Héctor Timerman, entre otros clientes ilustres, mencionó este diálogo clásico en referencia a los tiempos poco proclives a la presunción de inocencia que estamos viviendo, al menos en lo que respecta a los opositores.
 
Hace una semana, dos jueces pidieron el desafuero del diputado Julio De Vido como primer paso para enviarlo a prisión preventiva por causas que están recién en la etapa de instrucción. El riesgo imaginario de que el ex ministro caído en desgracia pueda interferir en la investigación, razón invocada para justificar el encarcelamiento sin condena, es otro ejemplo de nuestra #JusticiaFabioZerpa, de máxima creatividad.
 
En la Cámara de Diputados, desde la izquierda Boutique hasta los radicales, en otra época severos guardianes del templo de las instituciones, pasando por los liberales declamativos del PRO, los honestistas del GEN, los rudos opositores de Proyecto Sur e incluso varios diputados del FPV- que no respondieron a la decisión mayoritaria de su bancada- votaron con entusiasmo por un desafuero tan abusivo como innecesario: nada impide investigar, procesar e incluso condenar a un diputado en ejercicio. En medio del festejo por encarcelar a un culpable por antonomasia, los diputados no parecieron advertir que abrían la Caja de Pandora con la que cualquiera de ellos estará a merced de las operaciones de nuestra Santa Trinidad conformada por los medios, la Justicia federal y los servicios.
 
En una reciente entrevista con Jorge Fontevecchia, el senador Miguel Angel Pichetto se manifestó en contra del desafuero de legisladores antes de que exista sentencia firme, haciendo referencia a un elemental “principio constitucional de inocencia”. Su entrevistador le retrucó que para respetar las diferentes instancias de apelación antes de una sentencia firme “pueden pasar 25 años”, a lo que el senador contestó que los plazos de la Justicia eran un problema a resolver pero que eso no debía redundar en la eliminación de principios constitucionales. En otra entrevista, el senador comparó la prisión preventiva del diputado De Vido con la de Milagro Sala, encarcelada desde hace más de 600 días.
 
Fontevecchia- que se define como liberal, es decir, sensible a la defensa de las garantías individuales- parece sin embargo más preocupado por el culpable que esperaría una sentencia firme fuera de la cárcel que por el inocente que pasaría esos 25 años encarcelado preventivamente.
 
En realidad, optar por las preocupaciones de Delphidius antes que por las de Juliano, como hace Fontevecchia, responde a una vieja tradición nacional. Como escribió hace 20 años el radical Hipólito Solari Yrigoyen, “el desconocimiento de la presunción de inocencia está tan fuertemente arraigado en amplios sectores de nuestra sociedad, que hasta el simple recuerdo de su existencia suele generar rechazo y su reivindicación puede colocar en un clima de sospecha a quien la haga”.
 
Solari Yrigoyen advertía ya en aquella época sobre el riesgo de desconocer garantías elementales: “La acusación, ya sea que se haga ante la Justicia o simplemente en un medio de prensa, que se formule con responsabilidad o sin ella, con ponderación o con escándalo, se ha transformado para muchos en sinónimo de condena firme e inapelable. El juicio público conforme a la ley, con las garantías de defensa, carece de vigencia efectiva si el acusado es condenado de antemano y en forma irreversible por una opinión pública de cuya presión no todos los jueces son capaces de evadirse. Cuando la acusación se identifica con la condena, la pérdida de la honra y de la honorabilidad es definitiva y no hay para el acusado absolución tardía que pueda reintegrárselas.”
 
Es fácil defender las garantías de quién pensamos inocente, lo complejo es hacerlo con quien suponemos culpable, en particular si ya fue condenado de antemano por la opinión pública. Es por eso que, antes de festejar la cárcel sin condena de supuestos criminales por antonomasia, conviene recordar lo que advirtió un emperador romano hace 17 siglos.

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