CIUDAD

Almagro: La justicia multó a una cadena de comidas rápidas por infringir el Código de Edificación

Se trata de un local de Burguer King que se estaba construyendo en la Avenida Rivadavia 4355. La sanción a pagar sería de 142,480 pesos.

La justicia de la Ciudad condenó a Fast Food Sudamericana S.A. a pagar una multa de 142.480 pesos por infringir el Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires durante la construcción de un nuevo local de Burger King en el barrio porteño de Almagro.

El 2 de febrero, el juez Gustavo Adolfo Letner, titular del juzgado N° 15 en el fuero Penal, Contravencional y de Faltas, sancionó a la empresa Fast Food Sudamericana S.A. y condenó al pago de una multa de 142.480 pesos por “exceder solicitud de aviso de obra presentado, no exhibir cartel reglamentario de obra y no poseer antecedentes demolición” en la construcción de un nuevo local de Burger King en Almagro. De esta manera, la compañía infringió tres artículos del Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires e incurrió en la falta “Obra no autorizada”, contemplada en el Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires.

El magistrado en la audiencia de juicio oral y público dio por acreditado que “el 18 de febrero de 2016, personal de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. se constituyó en la Avenida Rivadavia 4355/71 y pudo verificar que, en la obra que se estaba llevando a cabo en el lugar, se habían ejecutado demoliciones de cubiertas y superficies, y que en el centro de la parcela se había socavado el terreno aprox. 0.80m, excediendo de este modo los alcances del aviso de obra presentado en el Expte. N° 2015-35178125-MGEYA-DGROC”. Además, “no se encontraba exhibido el cartel reglamentario de obra, ni los antecedentes de demolición”.

En consecuencia, Letner determinó que Fast Food Sudamericana S.A. incurrió en la falta “Obra no autorizada” dictada por el artículo 2.2.3 de la Ley 451 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, el cual establece que “El/la responsable de la ejecución de una obra no autorizada o en contravención a las normas vigentes, es sancionado/a con multa de trece mil setecientas (13.700) a ciento setenta y un mil (171.000) unidades fijas y/o clausura”.

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