FALLO JUDICIAL

Rechazan apelación y la demanda contra Basta de Demoler sigue su curso

La Cámara de Apelaciones porteña rechazó el recurso presentado por la Asociación Basta de Demoler en una demanda que le inició el gobierno de la Ciudad por paralizar con una cautelar las obras de la Línea H de subtes.



La Cámara de Apelaciones porteña rechazó el recurso presentado por la asociación Basta de Demoler en una demanda que le inició el gobierno de la ciudad de Buenos Aires por paralizar con una medida cautelar las obras de la línea H de subterráneos, con lo que el juicio en el que reclaman un resarcimiento de más de 23 millones de pesos por "daños y perjuicios" seguirá su trámite.

En un fallo, difundido ayer por el portal ijudicial, la Cámara rechazó los recursos de apelación planteados por los demandados y confirmó una resolución de primera instancia, que difirió el análisis de la excepción de falta de legitimación pasiva planteada para el momento de dictar sentencia definitiva, y rechazó las excepciones de cosa juzgada y de falta de legitimación activa del GCBA postulada por la ONG.

El conflicto surgió a raíz de que Basta de Demoler, una organización civil sin fines de lucro, se oponía a la construcción de una estación de subte en Plaza Francia, en pleno barrio de Recoleta, al considerar que las obras afectaban al paisaje del lugar que estaba protegido como lugar histórico, además de exigir un estudio de impacto ambiental.

La resolución de este conflicto jurídico iniciado en 2012 demandó muchos meses durante los cuales las obras estuvieron paralizadas ya que hubo marchas y contramarchas jurídicas a favor de una u otra postura. Finalmente, en 2013 Subterráneos de Buenos Aires S.E. (Sbase) modificó el proyecto, llevó la estación final a Facultad de Derecho y las obras fueron autorizadas por la justicia.

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad resolvió rechazar los recursos de apelación deducidos por la Asociación Basta de Demoler y sus representantes y, en consecuencia, confirmar la resolución de primera instancia en la que Patricia López Vergara, titular del juzgado CAyT N° 6, “difirió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta para el momento de dictar sentencia definitiva, y rechazó las excepciones de cosa juzgada y de falta de legitimación activa”.
La demanda en cuestión, fue iniciada por el Gobierno de la Ciudad contra la Asociación con el objeto de obtener la suma de 23.772.489,40 pesos por los daños y perjuicios sufridos a raíz del “pedido abusivo del dictado de una medida cautelar que – por cuanto fue concedida – paralizó la obra de ampliación de la línea H de subterráneos”, ello en el marco de la causa “Asociación Basta de Demoler y otros c/ GCBA s/ Medida Cautelar, EXP 43780/1”,  que finalizó al ser declarada la caducidad de la instancia.

Para así resolver, los magistrados Mariana Díaz, Fabiana Schafrik y Fernando Juan Lima, se remitieron a lo expuesto en el dictamen de la fiscal de la causa Nidia Cicero en el cual se propuso confirmar la sentencia cuestionada, y resaltando la coincidencia con la magistrada de primera instancia en lo relativo a tratar la falta de legitimación pasiva al momento de resolver el fondo de la cuestión.

En la resolución confirmada por la Sala I, la magistrada también desestimó el planteo de cosa juzgada expuesto por la ONG, entendiendo que el hecho de que en las costas hayan sido impuestas en el orden causado en el expediente n° 43780/0 que motivó la suspensión de las obras en la línea H en la zona de Recoleta, no significa que el GCBA y SBASE no puedan iniciar un reclamo por los daños derivados de la traba de la medida cautelar en cuestión. También, desechó la existencia de conexidad entre las dos causas, en tanto entendió que se trata de dos procesos judiciales con procedimientos y objetos distintos, por un lado un amparo, por otro una demanda por daños y perjuicios.
Por último, en la sentencia confirmada, también se rechazó la falta de legitimación activa opuesta por la Asociación Civil Basta de Demoler fundamentada en una total ausencia de razones jurídicas que justifiquen la presencia del GCBA en el presente juicio, ya que el perjudicado por la suspensión de obras sería SBASE y no el Ejecutivo local. Sobre este punto, la jueza consideró que mal podría pretenderse que el GCBA no se encuentre legitimado para accionar cuando él es el titular del patrimonio que se habría visto afectado, dado el carácter de la sociedad coactora SBASE.


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